jueves, 15 de noviembre de 2012




COMPARACIÓN  LAS LEYES
En esta entrada, se puede ver la comparación de la Ley Orgánica de Educación  con las leyes que están vigentes en las distintas comunidades autónomas.
OBJETIVOS:
LOE:
LEA:
- Iniciación en  una lengua extranjera.
- Aproximación a la lectura y la escritura y las relaciones con el medio.
- Se fomentara la expresión visual y musical.
- El inicio del uso de las TIC.

PAIS VASCO:
http://www.euskadi.net/bopv2/datos/2009/01/0900469a.pdf

- Utilizar y valorar progresivamente la lengua oral para regular la conducta personal y la convivencia.
- Comprender los mensajes de otros niños, niñas y personas adultas en los diferentes contextos lingüísticos, así como familiarizarse con las normas que rigen estos intercambios para interpretar las intenciones comunicativas
-Adoptar una actitud favorable hacia la comunicación, tanto en las lenguas oficiales como en lenguas extranjeras para descubrir otras realidades y culturas.
- Iniciarse en el uso oral de una lengua extranjera con intención comunicativa para participar en situaciones habituales del aula.
- Iniciarse en el uso de instrumentos tecnológicos y valorar su capacidad comunicativa, para utilizarlos progresivamente como fuente de información y aprendizaje.
MURCIA:
-Utilizar la lengua como instrumento de comunica­ción funcional, de representación, aprendizaje y disfrute, de expresión de ideas y sentimientos, y valorar la lengua oral como un medio de relación con los demás y de regula­ción de la convivencia.
-Comprender, reproducir y recrear algunos textos li­terarios y de tradición cultural propios de nuestra
-Desarrollar la capacidad de análisis de las expresio­nes orales en sus elementos, tales como palabras, morfe­mas, sílabas y fonemas y establecer sus relaciones con la representación escrita de la lengua.
-Iniciarse en la escritura de palabras o frases signifi­cativas aplicando una correcta dirección en el trazo y posi­ción adecuada al escribir.
CASTILLA LA MANCHA:
http://lascompetenciasbasicas.files.wordpress.com/2008/02/decreto67.pdf
-   Ofrecer al alumnado la posibilidad de desarrollar al máximo todas sus capacidades con especial incidencia en las competencias comunicativas en lengua castellana.
-   Desarrollar en los centros modelos educativos interculturales abiertos al entorno y facilitadores de la cooperación transnacional.
CANARIAS:
http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2008/163/boc-2008-163-002.pdf#

-  Comprender, reproducir y recrear algunos textos mostrando actitudes de valoración, disfrute e interés hacia ellos.
- Acercarse a producciones artísticas expresadas en distintos lenguajes (literarios, musical, plástico  ...) con especial incidencia en las de la tradición canaria.
- Iniciarse en el uso oral de una lengua extranjera para comunicarse en las situaciones habituales del aula, y mostrar interés y disfrute al participar en estos intercambios comunicativos.
-Desarrollar la curiosidad y el interés por el lenguaje audiovisual e iniciarse en el uso de las tecnologías de la información y comunicación como fuente de aprendizajes.
LOMCE:
http://www.educacion.gob.es/horizontales/dms/ministerio/horizontales/ministerio/campanas/lomce/20120925-anteproyecto-LOMCE.pdf
 - Se priorizara la comprensión y la expresión oral.

-   Desarrollo de las tecnologías de información y comunicación (TIC) como herramientas complementarias de aprendizaje.

CONTENIDOS DEL ÁREA DE “LENGUAJE: COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN” DE LA LOE:
- La etapa de educación infantil se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad.
- El carácter educativo de uno y otro ciclo será recogido por los centros educativos en una propuesta pedagógica.
- En ambos ciclos de la educación infantil se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio en el que viven. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal.
- Los contenidos educativos de la educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños.
- Corresponde a las Administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la educación infantil, especialmente en el último año. Asimismo, fomentarán una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical.
- Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social.
En la LEA, al igual que en la LOE, explica que forma parte del currículo del segundo ciclo de Educación Infantil, la iniciación del alumno en una lengua extranjera, así como una primera aproximación a la lectura y a la escritura, habilidades numéricas básicas; la LEA especifica que se lleva a cabo la iniciación a las relaciones con el medio y se fomentará la expresión visual y musical y la psicomotricidad.
Sin embargo, la Ley 7/2010, de 20 de Julio, de Educación de Castilla la Mancha, sí especifica los mismos contenidos del área de lenguaje: comunicación y representación que en la LOE, ya que en el segundo ciclo de Educación Infantil se incluirá la iniciación del alumnado en una lengua extranjera desde los tres años, la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación, la expresión musical y visual y la psicomotricidad. Esto mismo pasa con la Ley de Educación de la Comunidad de Madrid, ya que no hay diferencias en cuanto a los contenidos de esta área se refiere.

Por otro lado, la Ley de Educación de la Región de Murcia sí presenta diferencias con la LOE en sus contenidos del área de Lenguaje: Comunicación y representación, siendo estos:
- Adquisición gradual del lenguaje oral y la pronunciación propia de su lengua
- Captación de señales extralingüísticas que acompañan al lenguaje oral, entonación, gesticulación, expresión facial, etc.
- Iniciación en las normas básicas que rigen el intercambio lingüístico como escuchar, guardar silencio, o guardar turno.
Ley Educativa Canaria se diferencia de la LOE en cuanto a la metodología que ha de llevar a cabo, partiendo de la propia experiencia cotidiana de las niñas y niños, haciéndolo así de una manera más práctica. Se iniciará una aproximación al USO ORAL de una lengua extranjera en actividades comunicativas relacionadas con las rutinas y situaciones habituales del aula.
En la Ley del País Vasco hace mucho hincapié en las diferentes lenguas tanto oficiales como extranjeras, siendo estas, instrumento de comunicación, representación, aprendizaje y disfrute para expresar ideas y sentimientos. De ahí la importancia de utilizar y valorar progresivamente la lengua oral para comprender los mensajes en los diferentes contextos lingüísticos. Se basa en unos contenidos desde un punto de vista práctico, al igual que en la Ley de Educación Canaria.
En la comparativa de estas leyes, es que en todas y cada una de ellas se determina que la escolarización de las niñas y niños de Educación Infantil (tanto del primer como del segundo ciclo) es voluntaria y gratuita, mientras que en el anteproyecto de la LOMCE la gratuidad solo se asegura en la enseñanza obligatoria, por lo tanto en la Educación Básica.

Realizado por:
Javier Ramírez Fernández
Marta García López
María Victoria Pérez Ortiz
 Paloma Montaño Reina

No hay comentarios:

Publicar un comentario